Martes 14 de octubre de 2025 – 19:44 WIB

Jacarta – El Tribunal Constitucional (MK) determina los tres casos que ponen a prueba la inmunidad de los fiscales contra el artículo 8, párrafo (5) de la Ley del Fiscal número 11 con respecto a las enmiendas a la Fiscalía de la República de Indonesia en relación con la Fiscalía de 2004. Casos 67/PUU-XXIII/2025, 15/PUU-XXIII/2025 y 9/PUU-XXIII/2025 el jueves en el edificio MKRI en el centro de Yakarta en el centro de Yakarta.

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Mientras tanto, el artículo 8 de la Ley del Fiscal otorga inmunidad a los fiscales. Esto se debe a que el artículo dice así: “En el mantenimiento de sus deberes y autoridad, las citaciones, exámenes, registros, arrestos, arrestos y detenciones de los fiscales sólo podrán llevarse a cabo con el permiso del Fiscal General”.

Ejemplo del fiscal.

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  • Fotos/Widodo S. Entre Jusuf

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El expediente número 67/PUU-XXIII/2025 fue presentado por dos abogados, Hamocco y Juanda. Al redactar su reclamación, el demandante estimó que el artículo 8, apartado 5, de la Ley del Fiscal no estaría exento en el caso del fiscal in fraganti.

“La falta de estas excepciones probablemente conducirá a un trato no discriminatorio entre las ocupaciones encargadas de hacer cumplir la ley y los fiscales probablemente crearán un sello de castigo”, escribió el solicitante.

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El peticionario puso un ejemplo, de hecho, si el fiscal cometió una acción penal, el proceso legal en su contra no se puede llevar a cabo de inmediato. Debido al artículo 8, párrafo (5), el arresto y la detención aún requieren el permiso del Fiscal General.

“Estas disposiciones están esencialmente vigentes para los fiscales, sin espacio para exenciones, incluidas las situaciones de captura con las manos en la masa. Es contrario al principio de igualdad ante la ley y garantizado en el artículo 28i de la Constitución de 1945 de la República de Indiaia de 1945.

Por lo tanto, el demandante espera que el tribunal acepte su petición. El artículo 8 de la Ley del Procurador General (5) es contrario a la Constitución de 1945, y no es tan legal mientras no se entienda al tribunal constitucional:

A. Infraganti atrapado en el crimen

B. Se sospeche que fue condenado por una pena por un delito de lesa humanidad y seguridad del Estado basada en la pena de muerte o cadena perpetua o insuficiencia de pruebas básicas; O

C. Sospechoso de estar involucrado en un delito especial”

El peticionario contiene un petitum alternativo, es decir, el artículo 8 de la Ley del Fiscal (5) es contrario a la Constitución de 1945 y “sólo desde la” fuerza legítima para “adherirse a la fuerza legítima”, sus deberes y autoridad, citación, interrogatorio, arresto, arresto, arresto, y sólo en la identificación de prioridad. “

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Mientras tanto, el demandante del caso número 15/PUU-XXIII/2025 también ha pedido al Tribunal Constitucional que declare que el artículo 8 de la Ley del Fiscal es contrario a la Constitución de 1945 y que no tiene competencia legal.

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