Una científica con ansiedad social que denunció discriminación por discapacidad porque no la invitaron a trabajar en Navidad perdió su caso.
La ecologista Shelby Cogman demandó a Ecos Ecology después de que deliberadamente le retiraran la invitación a una pequeña reunión de un festival porque padecía problemas relacionados con la ansiedad.
La señora Caughman, que sufre de agorafobia -una condición caracterizada por el miedo a salir de casa o a estar en lugares concurridos- intentó argumentar que ser excluida de un grupo de trabajo de ocho personas equivalía a discriminación por discapacidad.
Sin embargo, sus colegas decidieron no invitarla porque creían que asistir le causaría más angustia, especialmente porque dijo que se sentía demasiado “abrumada” para regresar al trabajo en ese momento.
Un juez laboral dictaminó que, aunque la decisión se basó en su discapacidad, estaba justificada en las circunstancias y no violaba la ley de discriminación.
El tribunal escuchó que la Sra. Cogman comenzó a trabajar para Ecos Ecology en abril de 2023 como consultora ecologista con otros siete colegas.
Sufría TDAH, autismo, trastorno de estrés postraumático complejo y agorafobia y concientizó a la empresa sobre sus condiciones.
El fallo se produce tras una demanda presentada por la ambientalista Shelby Caughman, quien demandó a su empleador por no invitarla a una reunión navideña en una pequeña oficina.
Su agorafobia es el miedo a salir con gente o estar en grupos.
La señora Cogman presentó varias quejas a la empresa, que iban desde la “presión laboral” hasta la “falta de ajustes razonables”.
En junio de 2024, se tomó una semana del subsidio legal por enfermedad debido a problemas de salud mental y acordó regresar al trabajo por etapas después de esto.
La Sra. Caughman estuvo de baja por enfermedad desde principios de julio de 2024 y no volvió a trabajar hasta su dimisión en febrero de 2025.
En ese momento, Echos Ecology se puso en contacto con ella para ver si estaba en condiciones de volver a trabajar.
Un terapeuta ocupacional preparó un informe de salud ocupacional en el que se afirmaba que la Sra. Caughman, debido a sus discapacidades, necesitaba hacer ajustes para permitirle volver a tener horarios de trabajo flexibles y poder trabajar desde casa.
El informe decía que le pidieron que la eximieran de las reuniones de equipo y sociales para poder perderlas.
Después de que se redactó el informe, la señora Caughman aclaró en una reunión que no estaba de acuerdo con la redacción sobre la exención de reuniones y reuniones sociales porque disfrutaba de las reuniones sociales y “sólo quería una opción”.
Aunque debía regresar a trabajar en diciembre, lo encontró “abrumador” y consideró trasladar la fecha de regreso al nuevo año.
La empresa celebró una fiesta de Navidad en diciembre y decidió no invitar a la Sra. Caughman “para no crearle más ansiedad”.
Dijeron que la decisión se basó en un informe que ella les dio sobre su agorafobia y que estaba demasiado “abrumada” para volver a trabajar.
La Sra. Caughman envió un correo electrónico diciendo que se dio cuenta de que no la habían invitado a la fiesta de Navidad y le dijeron que pensaban que sería “insensible” y la estresaría si lo hicieran, pero se disculpó si no entendían la situación.
El tribunal dictaminó que no invitar a la señora Caughman a la fiesta de Navidad era discriminación, pero era una respuesta “legítima” a los comentarios que ella hizo sobre su salud mental en ese momento.
La audiencia dijo que la Sra. Cogman comenzó a trabajar como consultora ecologista para Ecos Ecology en abril de 2023, junto con siete colegas. En la foto, las oficinas de Ecos Ecology en Escocia.
El juez laboral Peter O’Donnell dijo: “Esto se debió a ‘algo’ que surgió de su discapacidad, es decir, su ausencia del trabajo y la opinión (de Eco’s Ecology) de que era delicado invitarla a situaciones en las que entendían (erróneamente) que debía ser excluida de las reuniones de equipo y sociales”.
‘Por lo tanto, la discapacidad surgió como discriminación en términos de ser excluido de Nochebuena.
‘Sin embargo, el Tribunal consideró que esto estaba objetivamente justificado.
‘(Eco’s Ecology) tenía claramente el objetivo legítimo de evitar causarle (a la Sra. Caughman) angustia adicional al invitarla a un evento al que no deseaba asistir y no estaba en condiciones de hacerlo.
‘El tribunal acepta que no fue la actitud (de la señora Cogman) la de que no debería haber estado presente la noche de Navidad, pero también acepta que fue la creencia genuina de Ecos Ecology que ella no estuvo presente, incluso si fue un error.
“Existe una base fáctica para la creencia (de Eco’s Ecology) en el contenido del informe OH y nada en contrario.”
La señora Caughman también falló en relación con el acoso, la victimización, los ajustes razonables y el despido constructivo.










